Edad: 60 años o más. Excepto en el caso de personas con una discapacidad igual o superior al 33%. - Empadronamiento: Sí. - Documentación necesaria: DNI o NIE. - Ingresos: Hay que tener unos ingresos económicos brutos anuales por todos los conceptos (pensiones, ayudas, rentas, etc.) iguales o inferiores a 9.240,00 € para ser beneficiario
Laimportante reforma legislativa derivada de la publicación de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, obligó al Parlamento de Cataluña ha publicar el pasado 31 de agosto el Decreto-Ley 19/2021, por el que se adapta el Código Elderecho a la asistencia jurídica gratuita comprende, en líneas generales, las siguientes prestaciones: Asesoramiento y orientación gratuitos con carácter previo al inicio del proceso. Asistencia de Abogado al detenido o preso. Defensa y representación gratuitas por Abogado y Procurador en el procedimiento judicial. Elministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, anunció este viernes que la nueva Ley de Justicia Gratuita permitirá el acceso a este servicio a las víctimas d . 40 418 240 32 484 119 44 476